Explicadas en dos minutos (tiempo estimado de lectura).
A partir de las 00.00 horas de este sábado día 7 de noviembre, entran en vigor las nuevas restricciones decretadas para intentar frenar la crisis del coronavirus, aquí las resumimos:
1.No pueden entrar ni salir personas del ámbito territorial formado por Vigo, Mos, Nigrán, Redondela, o Porriño y Gondomar. Es decir, podemos movernos libremente dentro de estos ayuntamientos y también de uno de estos ayuntamientos a otro, pero no podemos salir de ellos.
2. El toque de queda continúa vigente, así que, se mantiene la prohibición de movilidad entre las 23.00 h y las 06.00 h salvo causa justificada.
3. Quedan exceptuados de las anteriores limitaciones los desplazamientos justificados por los siguientes motivos:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales y sindicales de representación .
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado, incluido el acompañamiento, a mayores, menores, dependientes.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios vecinos.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, ojo, siempre que podamos acreditarlo.
4. Se prohíben las reuniones de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre y en espacios de uso privado, salvo que sean convivientes.
No se impide la reunión con personas no convivientes que se produzca por motivos de asistencia y cuidado, incluido el acompañamiento a mayores, menores, o dependientes.
5.Cierra la hostelería, los comercios continuarán abiertos pero se limita el aforo de los mismos al 50%, el transporte publico no escolar limita su aforo al 50% en asientos y 25% de pie.
6. La práctica del deporte queda limitada al ejercicio individual o con convivientes.
Estas limitaciones estarán vigentes aproximadamente un mes, hasta el día 4 de diciembre de 2020.
Recuerde que saltarse estas restricciones supone una multa que puede ir entre los 600 a los 600.000 euros, por ello, si aún tienes alguna duda o ya le han impuesto una multa consúltenos, le ayudaremos.